Mostrando entradas con la etiqueta inmobiliaria colombiana. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta inmobiliaria colombiana. Mostrar todas las entradas

miércoles, 25 de julio de 2012

LEY 428 DE 1998


(DEROGADA POR LA LEY 675 DE AGOSTO 3 DE 2001)
Por la cual se adiciona y reglamenta lo relacionado con las Unidades Inmobiliarias Cerradas sometidas al régimen de Propiedad Horizontal.
El Congreso de Colombia
DECRETA
Artículo 1°- OBJETO DE LA LEY: La presente ley tiene por objeto establecer los principios generales para el desarrollo y funcionamiento de las Unidades Inmobiliarias Cerradas y la reglamentación de los derechos y obligaciones de los copropietarios respecto a su municipio o distrito; organizar su funcionamiento para procurar una mejor calidad de vida y una convivencia armónica de los copropietarios, moradores y usuarios, y establecer áreas comunes de servicios sociales necesarios bajo estándares mínimos nacionales.
Artículo 2°- PRINCIPIOS GENERALES: Son principios generales para el desarrollo y funcionamiento de las Unidades Inmobiliarias Cerradas:
  1. La función social de la propiedad inmueble, que implica la provisión de áreas suficientes para atender las necesidades de las personas y su relación con la comunidad, tales como la circulación, recreación, reunión y disfrute visual; la protección y conservación ambiental y la armonía estética del conjunto urbano.
  2. La función urbanística de la propiedad que exige la integración funcional; ambiental y espacial de las construcciones con el entorno; así como el acatamiento de las normas urbanísticas de planeación y de construcción municipales.
  3. El respeto a la privacidad que impone obligaciones y limitaciones para garantizar un grado de aislamiento acústico y visual de las áreas privadas.